Escrito por Cra Florencia Gomez
La Dirección General Impositiva (DGI) emitió la Resolución N.º 1518/026, con fecha 30 de junio de 2026 mediante la cual establece un nuevo régimen de información aplicable a los operadores de plataformas digitales que intermedian en arrendamientos de bienes inmuebles ubicados en Uruguay, con independencia de la residencia de las partes involucradas.
Sera el caso de Booking o Airbnb quienes deberán suministrar información respecto de cada operación de arrendamiento de inmuebles ubicados en Uruguay concertada por intermedio de la plataforma.
La información deberá ser transmitida mediante los servicios electrónicos habilitados por la DGI, conforme a las especificaciones técnicas y procedimientos que el organismo establezca en forma trimestral según el siguiente esquema:
- Operaciones de enero a marzo: vencimiento en abril.
- Operaciones de abril a junio: vencimiento en julio.
- Operaciones de julio a setiembre: vencimiento en octubre.
- Operaciones de octubre a diciembre: vencimiento en enero del año siguiente.
La norma aclara además que, aun vencidos los plazos, subsiste la obligación de presentar la información o de efectuar las rectificaciones correspondientes, sin perjuicio de las sanciones que pudieran resultar aplicables por incumplimiento
Considerando que la resolución entro en vigor el 1º de julio de 2026, se estableció un régimen transitorio para los primeros períodos alcanzados. En tal sentido, la información correspondiente a los trimestres julio-setiembre y octubre-diciembre de 2026 deberá presentarse durante febrero de 2027, de acuerdo con el calendario general de vencimientos de la DGI.
Esta solución procura otorgar a las plataformas un plazo razonable para adecuar sus sistemas informáticos y procedimientos internos a las nuevas exigencias de reporte.
Por más información contactarse con nuestro staff quienes podrán asesorarle al respecto.


