{"id":10866,"date":"2024-06-28T10:40:32","date_gmt":"2024-06-28T13:40:32","guid":{"rendered":"https:\/\/fernandezsecco.com\/?p=10866"},"modified":"2024-06-28T10:44:00","modified_gmt":"2024-06-28T13:44:00","slug":"yo-estudio-y-trabajo-principales-aspectos-del-programa-en-el-sector-privado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fernandezsecco.com\/en\/2024\/06\/28\/yo-estudio-y-trabajo-principales-aspectos-del-programa-en-el-sector-privado\/","title":{"rendered":"YO\u00a0ESTUDIO\u00a0Y\u00a0TRABAJO Principales\u00a0aspectos\u00a0del\u00a0programa\u00a0en\u00a0el\u00a0sector\u00a0 privado\u00a0"},"content":{"rendered":"<p>Escrito&nbsp;por&nbsp;la&nbsp;Lic.&nbsp;Dayhanna&nbsp;Sena&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>El programa Yo Estudio y Trabajo para el sector privado se cre\u00f3 en el a\u00f1o 2023 con la<br>aprobaci\u00f3n de la rendici\u00f3n de cuentas, en el marco de la ley 19.973 de promoci\u00f3n del empleo.<br>Recientemente, fue reglamentado por el decreto 170\/024.<\/p>\n\n\n\n<p>El objetivo de este programa es incentivar a las empresas privadas de todo el pa\u00eds a contratar j\u00f3venes de entre 16 a 20 a\u00f1os que se encuentren estudiando y brindarles una primera experiencia laboral formal, recibiendo por ello un beneficio econ\u00f3mico. En este sentido, se trata de estimular el trabajo decente de las personas j\u00f3venes, afianzando el v\u00ednculo entre el \u00e1mbito educativo y el laboral, promoviendo el desarrollo de las competencias transversales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 es el contrato de primera experiencia laboral?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Es aquel que comprende a los j\u00f3venes que no hayan tenido experiencia formal de trabajo previa, por un plazo mayor a 90 d\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Caracter\u00edsticas de la contrataci\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La carga horaria de trabajo ser\u00e1 de 20 horas semanales. El contrato podr\u00e1 tener una duraci\u00f3n de entre 6 y 12 meses, con un per\u00edodo de prueba de hasta 45 y 90 d\u00edas corridos respectivamente.<\/p>\n\n\n\n<p>Las tareas que realizar\u00e1 ser\u00e1n de apoyo, de tipo administrativas u operativas. Esto quiere decir que no deben implicar una responsabilidad significativa, ni requerir una formaci\u00f3n espec\u00edfica, as\u00ed como tampoco deber\u00e1n ser actividades riesgosas.<\/p>\n\n\n\n<p>La remuneraci\u00f3n del trabajador deber\u00e1 respetar los laudos vigentes a la categor\u00eda asignada y deber\u00e1 ser registrado ante los organismos de seguridad social correspondientes.<\/p>\n\n\n\n<p>Es importante considerar que, si el empleador prescindiera del trabajador luego de transcurrido el per\u00edodo de prueba, pero antes de cumplido el plazo contractual pactado, deber\u00e1 abonar una indemnizaci\u00f3n por despido tarifada como si se tratara de un contrato de trabajo por tiempo indeterminado; salvo que la causal de desvinculaci\u00f3n sea la notoria mala conducta debidamente acreditada.<\/p>\n\n\n\n<p>Los contratos celebrados a trav\u00e9s de este programa deber\u00e1n ser autorizados por la Direcci\u00f3n Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Requisitos que deben cumplir las empresas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>-Estar en situaci\u00f3n regular de pagos ante el BPS, la DGI y el MTSS.<br>-No tener rescisiones unilaterales ni env\u00edos al seguro por desempleo en la misma categor\u00eda laboral que la persona joven a contratar en los 90 d\u00edas previos al ingreso, con excepci\u00f3n de aquellas rescisiones fundadas por notoria mala conducta o finalizaciones de contrato (salvo excepciones autorizadas por el MTSS).<br>-Deben contar con, al menos, un dependiente en planilla y podr\u00e1n contratar hasta el 20% de su personal permanente en modalidades de empleo promovidas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Requisitos que deben cumplir los j\u00f3venes<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>-Tener entre 16 y 20 a\u00f1os al momento de inscribirse al programa.<br>-Estar inscripto en alg\u00fan curso que vaya a comenzar pr\u00f3ximamente o estar curs\u00e1ndolo, ya sea en la educaci\u00f3n formal o no formal.<br>-No tener actividad registrada como dependiente o no dependiente al momento de comenzar la actividad en el marco del programa.<br>-No haber tenido una experiencia laboral formal mayor a 90 d\u00edas continuos o, en caso de ser discontinuos, no podr\u00e1 ser mayor a 90 d\u00edas en un per\u00edodo de 2 a\u00f1os.<br>-Los j\u00f3venes menores de 18 a\u00f1os deber\u00e1n tramitar el Carn\u00e9 Laboral del Adolescente<br>que expide INAU.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Beneficios econ\u00f3micos para las empresas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Las empresas recibir\u00e1n un aporte estatal no reembolsable equivalente al 80% de las retribuciones mensuales del trabajador que constituyan materia gravada para las contribuciones especiales de seguridad social. El monto m\u00e1ximo del aporte no ser\u00e1, en ning\u00fan<br>caso, superior a $ 15.000\u200b1 mensuales.<\/p>\n\n\n\n<p>El aporte podr\u00e1 ascender al 100%, sobre la base de c\u00e1lculo ya mencionada, con el mismo<br>monto m\u00e1ximo, cuando se trate de personas que se encuentren en una situaci\u00f3n de mayores<br>dificultades de acceso al empleo.<\/p>\n\n\n\n<p>Este aporte se har\u00e1 efectivo a trav\u00e9s de un cr\u00e9dito para cancelar obligaciones corrientes de la<br>empresa ante el Banco de Previsi\u00f3n Social.<\/p>\n\n\n\n<p>Una vez finalizado el plazo del contrato de primera experiencia laboral, la empresa dejar\u00e1 de<br>percibir el aporte no reembolsable, pero se beneficiar\u00e1 con la exoneraci\u00f3n de los aportes<br>jubilatorios patronales a la seguridad social correspondientes a ese contrato de trabajo,<br>mientras el v\u00ednculo laboral se mantenga. Esta exoneraci\u00f3n se extender\u00e1 hasta que el joven<br>cumpla 25 a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo, es importante destacar que la Direcci\u00f3n Nacional de Empleo elaborar\u00e1, en cada<br>edici\u00f3n del programa, un documento de bases y condiciones, en donde se detallar\u00e1 el<br>funcionamiento y requisitos de cada edici\u00f3n, as\u00ed como los requisitos y condiciones para la<br>adhesi\u00f3n de las empresas, la inscripci\u00f3n de los j\u00f3venes y cualquier otra condici\u00f3n que sea<br>necesaria.<\/p>\n\n\n\n<p>Teniendo en cuenta que se trata de un programa con ingreso universal, la derivaci\u00f3n a las empresas se har\u00e1 desde el mismo programa. Esto quiere decir que las empresas no podr\u00e1n elegir a los j\u00f3venes, ni los j\u00f3venes a ellas. Se asignar\u00e1n seg\u00fan el resultado del sorteo, la ubicaci\u00f3n y la localidad en donde los beneficiarios se hayan inscripto, sus horarios de estudio, etc. El objetivo es que sea factible y sostenible el desarrollo de la experiencia laboral en el tiempo, compatibilizando la continuidad acad\u00e9mica.<\/p>\n\n\n\n<p>Por m\u00e1s informaci\u00f3n contactarse con nuestro staff quienes podr\u00e1n asesorarle al respecto.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Escrito&nbsp;por&nbsp;la&nbsp;Lic.&nbsp;Dayhanna&nbsp;Sena&nbsp; El programa Yo Estudio y Trabajo<\/p>","protected":false},"author":1,"featured_media":10872,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-10866","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-sin-categoria"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/fernandezsecco.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10866","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/fernandezsecco.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/fernandezsecco.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fernandezsecco.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fernandezsecco.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=10866"}],"version-history":[{"count":4,"href":"https:\/\/fernandezsecco.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10866\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":10875,"href":"https:\/\/fernandezsecco.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10866\/revisions\/10875"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fernandezsecco.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/10872"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/fernandezsecco.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=10866"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/fernandezsecco.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=10866"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/fernandezsecco.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=10866"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}