Calendario de vencimientos DGI, BPS y AIN 2025
Calendario de Vencimientos periodo Enero – Diciembre 2025 (DGI, BPS, AIN)
Escrito por Cr. Florencia Gómez
DGI
Se fijan los nuevos plazos de presentación de declaraciones juradas y pagos de los impuestos que administra DGI según los correspondientes grupos de sujetos pasivos:
1.CEDE (Incluso aquellos gestionados por la División Grandes Contribuyentes)
Presentación de Declaración Jurada y plazo para el pago:
Ds  | E  | F  | M  | A  | M  | J  | J  | A  | S  | O  | N  | D  | 
TS  | 22  | 24  | 24  | 23  | 22  | 23  | 22  | 22  | 22  | 22  | 24  | 22  | 
Presentación de declaración jurada: por Internet o en medios magnéticos en los locales de las redes de cobranza habilitadas o dependencias de la DGI en aquellos casos en que no existan programas de ayuda disponibles.
Pago: electrónicamente vía internet o a través de redes de cobranza habilitadas, a excepción de los pagos con certificados de crédito no electrónicos que se pagaran en dependencias de DGI o BPS según corresponda.
.
- NO CEDE
 
Presentación de Declaración Jurada y plazo para el pago:
Ds  | E  | F  | M  | A  | M  | J  | J  | A  | S  | O  | N  | D  | 
TS  | 27  | 25  | 25  | 25  | 26  | 25  | 25  | 26  | 25  | 27  | 25  | 26  | 
Presentación de declaración jurada: por Internet o en medios magnéticos en los locales de las redes de cobranza habilitadas o dependencias de la DGI en aquellos casos en que no existan programas de ayuda disponibles.
Pago: electrónicamente vía internet o a través de redes de cobranza habilitadas, a excepción de los pagos con certificados de crédito no electrónicos que se pagaran en dependencias de DGI o BPS según corresponda.
3.IVA Mínimo.
Mes  | Días de 2025  | 
Diciembre 2024  | 20 de enero  | 
Enero 2025  | 20 de febrero  | 
Febrero 2025  | 20 de marzo  | 
Marzo 2025  | 21 de abril  | 
Abril 2025  | 20 de mayo  | 
Mayo 2025  | 20 de junio  | 
Junio 2025  | 21 de julio  | 
Julio 2025  | 20 de agosto  | 
Agosto 2025  | 22 de setiembre  | 
Setiembre 2025  | 20 de octubre  | 
Octubre 2025  | 20 de noviembre  | 
Noviembre 2025  | 22 de diciembre  | 
Pago: electrónicamente vía internet o a través de redes de cobranza habilitadas, a excepción de los pagos con certificados de crédito no electrónicos que se pagaran en dependencias de DGI o BPS según corresponda
4.Servicios Personales fuera de la relación de dependencia: IVA/IRPF pagos a cuenta.
Bimestre  | Días de 2025  | 
Noviembre – Diciembre 2024  | 27 de enero  | 
Enero – Febrero 2025  | 25 de marzo  | 
Marzo – Abril 2025  | 26 de mayo  | 
Mayo – Junio 2025  | 25 de julio  | 
Julio – Agosto 2025  | 25 de setiembre  | 
Setiembre – Octubre 2025  | 25 de noviembre  | 
Pago: electrónicamente vía internet o a través de redes de cobranza habilitadas, a excepción de los pagos con certificados de crédito no electrónicos que se pagaran en dependencias de DGI o BPS según corresponda
5.IVA Servicios personales presentación de la declaración jurada.
La presentación de la declaración jurada de IVA servicios personales se realizará en los plazos establecidos en el punto 7, por Internet, o en medios magnéticos en los locales de las redes de cobranza habilitadas o dependencias de la DGI.
6.IMPUESTO AL PATRIMONIO personas físicas, núcleos familiares y sucesiones indivisas. Saldo de IRPF sucesiones indivisas.
Contribuyentes comprendidos en el literal A) del artículo 4º del Título 14 del Texto Ordenado 2023 y/o en el segundo inciso del literal B) del mismo artículo por el patrimonio afectado indirectamente a explotaciones agropecuarias.
Saldo IP y su sobretasa, IRPF sucesiones indivisas  | 15 de mayo de 2025  | 
Declaración jurada IP y su sobretasa, año 2024  | 16 de mayo de 2025  | 
Primer pago a cuenta IP y su sobretasa, año 2025  | 22 de setiembre de 2025  | 
Segundo pago a cuenta IP y su sobretasa, año 2025  | 21 de octubre de 2025  | 
Tercer pago a cuenta IP y su sobretasa, año 2025  | 22 de diciembre de 2025  | 
Artículo 6º Decreto Nº 30/015 saldo IP y su sobretasa y declaración jurada 2024  | 14 de febrero de 2025  | 
Artículo 6º Decreto Nº 30/015 anticipo IP y su sobretasa 80% a cuenta año 2025  | 22 de diciembre de 2025  | 
Presentación de declaración jurada del Impuesto al Patrimonio y su sobretasa: por Internet, o en medios magnéticos en los locales de las redes de cobranza habilitadas o dependencias de la DGI.
Las sucesiones que actúen como responsables sustitutos presentarán la declaración jurada correspondiente en medios magnéticos en los locales de las redes de cobranza habilitadas o en dependencias de la DGI, de acuerdo a los plazos establecidos en el ordinal 24.
Pago: electrónicamente vía internet o a través de redes de cobranza habilitadas, a excepción de los pagos con certificados de crédito no electrónicos que se pagaran en dependencias de DGI o BPS según corresponda
7.IRPF/IASS: presentación de la declaración jurada y pago de saldo
La presentación de la declaración jurada se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro:
Último dígito RUC, C.I. o N.I.E. según corresponda  | Días de 2025  | 
Todos  | 7 de julio al 28 de agosto  | 
Los contribuyentes del IRPF y del IASS, podrán efectuar el pago del saldo del ejercicio correspondiente al 31 de diciembre de 2024 en 5 cuotas iguales de acuerdo al siguiente cuadro de vencimientos:
1era. cuota  | 29 de agosto de 2025  | 
2da. cuota  | 30 de setiembre de 2025  | 
3era. cuota  | 31 de octubre de 2025  | 
4ta. cuota  | 28 de noviembre de 2025  | 
5ta. cuota  | 30 de diciembre de 2025  | 
Pago: electrónicamente vía internet o a través de redes de cobranza habilitadas, a excepción de los pagos con certificados de crédito no electrónicos que se pagaran en dependencias de DGI o BPS según corresponda
- IMPUESTO DE ENSEÑANZA PRIMARIA.
 
– Por inmuebles rurales afectados directa o indirectamente a explotaciones agropecuarias
Presentación de declaración jurada establecida en el numeral 1º) de la Resolución Nº 9495/017 de 12 de diciembre de 2017: por Internet o en medios magnéticos en los locales de las redes de cobranza habilitadas, hasta el 30 de abril de 2025.
Pago: electrónicamente vía internet o a través de redes de cobranza habilitadas, a excepción de los pagos con certificados de crédito no electrónicos que se pagaran en dependencias de DGI o BPS según corresponda.
1era. cuota  | 30 de mayo de 2025  | 
2da. cuota  | 29 de agosto de 2025  | 
3era. cuota  | 31 de octubre de 2025  | 
– Por inmuebles urbanos, suburbanos y rurales sin explotación agropecuaria:
Pago: electrónicamente vía Internet o a través de redes de cobranza habilitadas.
1era. cuota  | Entre el 2 de enero y el 30 de mayo de 2025  | 
2da. cuota  | Entre el 1 de julio y el 29 de agosto de 2025  | 
3era. cuota  | Entre el 12 de setiembre y el 31 de octubre de 2025  | 
- CUADRO RESIDUAL DE VENCIMIENTOS:
 
Días de 2025  | 
27 de enero  | 
25 de febrero  | 
25 de marzo  | 
25 de abril  | 
26 de mayo  | 
25 de junio  | 
25 de julio  | 
26 de agosto  | 
25 de setiembre  | 
27 de octubre  | 
25 de noviembre  | 
26 de diciembre  | 
BPS
Se fijan las fechas de presentación de nominas y pagos de tributos a la seguridad social
calendario-de-vencimientos-2025
AIN
Se fija el plazo para el registro de estados contables ante AIN
Por más información contactarse con nuestro staff quienes podrán asesorarle al respecto.



